Experto critica a la RAE por su definición
de «vino»
Ezequiel Moltó, Alicante, El PaísEl Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española (DRAE) no tiene muy claro qué es el vino. David López, ingeniero agrónomo y profesor de Legislación Vitivinícola del máster en Vinicultura y Enología de la Escuela Superior de Orihuela de la Universidad Miguel Hernández, estaba preparando sus apuntes para las clases cuando descubrió el pastel y echó mano del diccionario de la Real Academia de la Lengua Española para definir ante sus alumnos qué es el vino.Y la definición que encontró es que el vino es un "licor alcohólico que se hace del zumo de las uvas exprimido, y cocido naturalmente por la fermentación", cuando en realidad, según López, se trata de una definición "errónea" ya que el vino "no es un licor", es decir una bebida "espirituosa obtenida por destilación, maceración o mezcla" y compuesta de "alcohol, agua, azúcar y esencias aromáticas". El profesor ha remitido un escrito de queja a la institución académica del que todavía no ha obtenido respuesta.Según López la definición de la RAE "no es exacta" porque considera que "cocer es sinónimo de fermentar, y eso lleva a una innecesaria confusión". La Organización La Organización Internacional de la Viña y el Vino (www.oiv.int) define vino en su Código Internacional de Prácticas Enológicas como la bebida que resulta de "la fermentación alcohólica completa o parcial de la uva fresca, estrujada o no, o del mosto de uva", y aclara que su grado alcohólico adquirido no puede ser inferior a 8,5.Por otro lado, la Unión Europea define vino como el producto obtenido "exclusivamente por fermentación alcohólica, total o parcial, de uva fresca, estrujada o no, o de mosto de uva". Y en España, la Ley 24/2003 de 10 de julio, de la Viña y del Vino, en su artículo 2 (Definiciones), apartado 2, punto e) define vino como: "El alimento natural obtenido exclusivamente por fermentación alcohólica, total o parcial, de uva fresca, estrujada o no, o de mosto de uva".Según el profesor de la Universidad Miguel Hernández, la definición legal de vino gira en torno a dos conceptos "la uva y su carácter de alimento". Y parece claro en el conocimiento del vino requiere "ahondar primero en el conocimiento de la vid y, por añadidura, de su cultivo".Para López conocer el vino, y por lo tanto "apreciarlo, es saber de qué uvas está hecho, en qué suelo y en qué zona fue cultivada esa viña, qué procesos tuvieron lugar para convertir esa fruta en vino, qué significa la información que se proporciona en la etiqueta, qué implica que el vino esté bajo el paraguas de una DOP, entre otras muchas cosas".El profesor recrimina que la RAE no incluya el concepto de alimento en la definición de vino cuando según el Código Alimentario Español (CAE) alimentos son: "Todas las sustancias o productos de cualquier naturaleza, sólidos o líquidos, naturales o transformados, que por sus características, aplicaciones, componentes, preparación y estado de conservación sean susceptibles de ser habitual e idóneamente utilizados a alguno de los fines siguientes: para la normal nutrición humana o como fruitivos, como productos dietéticos, en casos especiales de alimentación humana".López considera todos estos aspectos "inherentes al vino en tanto que producto de la uva y alimento confluyen en la necesidad de ese conocimiento, de ese aprendizaje. para así profundizar en su aprecio y disfrute", por todo ello sugiere a la RAE que revise la definición que de la palabra vino que tiene su diccionario, y que es "indigna de la lengua de uno de los principales países productores de vino del mundo".