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Perú: ¿cómo son los juicios a quienes no hablan castellano?

29/05/2015
Por Josefina Miró Quesada

 

El 10 de marzo de 2015, la Corte Superior de Justicia de Ayacucho creó el Primer Juzgado Intercultural de Paz Letrado en la provincia de Víctor Fajardo, donde 8 de cada 10 habitantes tienen al quechua como primera lengua. Tres días después, el juez Julio César Chucuya Zaga emitió la primera sentencia en aimara y, el 30 de marzo, la primera en quechua.

Estas son solo algunas de las iniciativas que ha implementado el Poder Judicial para desarrollar la interculturalidad en el acceso de los peruanos a la justicia. Según el abogado Wilfredo Ardito, es un buen punto de partida para el ciudadano, aunque todavía falta mucho que hacer.

Qué dice la ley

El artículo 48 de la Constitución establece que son idiomas oficiales el castellano y, en las zonas donde predominen, el quechua, el aimara y las demás lenguas aborígenes, según la ley. Además, destaca en su artículo 2, inciso 19, lo siguiente: “Toda persona tiene derecho a su identidad étnica y cultural. El Estado reconoce y protege la pluralidad étnica y cultural de la Nación. Todo peruano tiene derecho a usar su propio idioma ante cualquier autoridad mediante un intérprete”.

En otras palabras, el Estado está obligado a asistir gratuitamente a toda persona con un traductor o intérprete cuando no comprenda el idioma usado por cualquier autoridad. En el campo del acceso a la justicia, la Convención Americana de Derechos Humanos prescribe lo mismo cuando un inculpado no entiende el idioma del tribunal o juzgado. Ardito agrega que aún si entendiesen castellano pero su lengua materna es quechua o aimara, tiene derecho a hablar en su idioma materno.

De acuerdo con el ex viceministro de Interculturalidad Iván Lanegra, es un derecho básico que toda persona pueda entender la definición de derechos que están en juego en un proceso judicial. ¿Cómo se defiende uno de algo que no comprende? Agrega que no se trata solo de la lengua, sino de cosmovisiones, bienes jurídicos y valores que tienen distintas connotaciones en cada idioma.

Esto que parece tan claro en la ley no lo es en la realidad. Lanegra destaca dos principales limitaciones. La primera es que las personas que realizan las traducciones carecen de una adecuada formación no sólo como intérprete en general, sino como intérprete jurídico – lo que requiere de conocimientos técnicos bastante complejos -. Y la segunda es que la traducción solo opera en una etapa del proceso – la oral –, por lo que todos los expedientes u otros documentos a los que pueda acceder el procesado se mantienen en castellano.

Cuando un procesado no puede ejercer medios necesarios, suficientes y eficaces para defender sus derechos, el derecho a la defensa – y por tanto, al debido proceso – y acceso a la justicia se vulneran. Así lo ha establecido en reiteradas oportunidades el Tribunal Constitucional.

Según el abogado Wilfredo Ardito, cuando las traducciones se realizan desde la perspectiva del juez – es decir, al magistrado le traducen lo que dice el acusado o testigo, pero al acusado quechuahablante no se le traduce lo que dicen las demás partes – el juicio podría ser declarado nulo por el estado de indefensión del acusado. Agrega que es una vulneración a su derecho a la defensa y que así lo ha establecido la Defensoría del Pueblo.

De hecho esta barrera fue determinante en la demora del juicio por el ‘Baguazo’, hecho en el cual fueron asesinados 23 policías y 10 nativos. Los 52 acusados provenían de las etnias awajún y wampi y no contaban con intérpretes oficiales. El problema se solucionó – luego de una suspensión y reprogramación del juicio – con la intervención del Ministerio de Cultura, que cubrió los gastos de la contratación de los traductores.

Esfuerzos

Las políticas implementadas para combatir la barrera del lenguaje en el acceso a la justicia no solo se desarrollan a nivel del Poder Judicial. Según Lanegra, el Poder Ejecutivo ha unido esfuerzos en “una suerte de sinergia”, a través del Ministerio de Cultura y de Justicia. En Cultura, el primer paso se dio con la creación de un programa, en el 2012, de intérpretes con acreditación del Estado al servicio de la justicia.

A ello le siguió una serie de programas especializados entre los que destaca la publicación de un Manual para el empleo del Quechua Chanka en la Administración de Justicia. Se trata de un documento que presenta diálogos bilingües en castellano y quechua para que sean aplicados por los operadores de justicia – policía, fiscal, abogados, jueces u otras autoridades – en el ejercicio de sus funciones.

Ardito señala que esto también significa un paso fundamental para las mujeres, ya que de cada cuatro peruanos que no hablan castellano, tres son mujeres. “Indirectamente es una forma de empoderarlas, pues sufren problemas como violencia familiar, sexual o alimentos frente a los cuales hoy están en total desprotección”, señaló.

Capacitar a los operadores del derecho en esta materia es crucial para aplicar una justicia con enfoque intercultural. Esto, sin embargo, requiere de un cambio de mentalidad a largo plazo. Lanegra señala que esto no debe limitarse a ámbitos rurales, sino que debe ser una política presente en todos los espacios de servicios de derecho, incluso donde la justicia con enfoque intercultural no se aplique de manera tan habitual.

Por eso, sin ir muy lejos, resalta la iniciativa de la Municipalidad de Miraflores, que este año dictó una ordenanza que propone identificar a su personal de habla quechua o aimara para una mejor atención de los ciudadanos en su idioma. Esto, señala, los ayudará a plantear las denuncias contra actos discriminatorios por el uso de su idioma.

Además, a nivel universitario, Ardito, quien es también profesor de la Universidad Católica, destaca la difusión de un Manual para el Empleo del Quechua en las Comisarías, elaborado por él y la profesora Gavina Córdova.